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	<title>Concurso de Acreedores | BSJ Abogados</title>
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	<description>Bufete de abogados en Alicante</description>
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	<title>Concurso de Acreedores | BSJ Abogados</title>
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	<item>
		<title>El concurso de acreedores sin masa</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Nov 2023 08:49:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de Acreedores]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso sin más]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El concurso de acreedores sin masa se produce cuando una empresa o persona es insolvente, declarada en concurso, y no tiene activos suficientes para cubrir todas las deudas pendientes. Desde...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El concurso de acreedores sin masa se produce cuando una empresa o persona es insolvente, declarada en concurso, y no tiene activos suficientes para cubrir todas las deudas pendientes.</p>
<p>Desde la reforma introducida por la Ley 16/2022, los pasos a dar han cambiado ligeramente. Su regulación se encuentra desarrollada en los artículos 37 bis y ter de la Ley concursal.</p>
<p>Si de la demanda presentada el juez considera que no existen bienes con valor residual apreciable y que no hay indicios de culpabilidad, este declarará el concurso sin masa. A partir de la publicación de este auto en el BOE, se da un plazo de quince días a los acreedores comunicados para que se personen. Estos pueden en estos días pedir el nombramiento de un administrador concursal, pero no suele ser frecuente, dado que el coste lo asumen los propios acreedores.</p>
<p>Tras estos quince días hábiles sin alegaciones, el juez concluirá el concurso. Esto quiere decir que si es una sociedad la deudora se extinguiría junto a sus deudas mientras que si es persona física, se procedería a valorar la exoneración del pasivo insatisfecho. Hay diez días para pedir este BEPI, el cual concederá el juez siempre que se respeten los requisitos de los artículos 486 y siguientes del TRLC.</p>
<p>Se considera que existe concurso sin masa cuando concurran los supuestos siguientes por este orden:</p>
<ul>
<li>No existen bienes y derechos que sean legalmente embargables (bienes embargables)</li>
<li>El coste de enajenación (por ejemplo: honorarios de administrador concursal) de los bienes del concursado sea desproporcionado respecto al previsible valor venal,</li>
<li>Los bienes y derechos libres de cargas fueran de valor inferior al previsible coste del procedimiento.</li>
<li>El valor de las cargas existentes sobre los bienes titularidad del deudor sean superiores al valor de mercado de dichos activos.</li>
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		<title>¿Cómo se comunica un concurso de acreedores?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 11 May 2023 08:27:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de Acreedores]]></category>
		<category><![CDATA[empresa]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un concurso de acreedores es un mecanismo destinado principalmente a las empresas que no puedan afrontar sus deudas contraídas con una pluralidad de acreedores. Será obligatorio que se declare el concurso cuando...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Un concurso de acreedores es un mecanismo destinado principalmente a las empresas que no puedan afrontar sus deudas contraídas con una pluralidad de acreedores.</p>
<p>Será obligatorio que se declare el concurso cuando sea imposible cumplir con las obligaciones regularmente y la empresa se encuentre en una situación de insolvencia actual o inminente.</p>
<p>Podrán declarar el concurso:</p>
<p>• El propio empresario en un plazo de 2 meses desde que conozca su insolvencia. Este concurso se denomina concurso voluntario y si el empresario no lo solicita puede enfrentarse a la declaración de concurso culpable.</p>
<p>• Los acreedores que hayan intentado cobrar un crédito sin conseguirlo o los socios de la propia empresa. En este supuesto, nos encontramos ante un concurso necesario.</p>
<p>El responsable de declarar el concurso debe aportar una serie de documentación para acreditar la situación de insolvencia de la compañía y que se valore la procedencia del concurso como: una memoria económica, un inventario de bienes y derechos y una lista completa de los acreedores.</p>
<h3>El inicio de las negociaciones</h3>
<p>La comunicación es el inicio de negociaciones y tiene el efecto de paralizar o suspender temporalmente de las ejecuciones singulares, judiciales o extrajudiciales, sobre los bienes necesarios para continuar con su actividad empresarial.</p>
<p>Respecto de las deudas con la Administración, la regla general es la imposibilidad de suspensión de ejecuciones singulares de los acreedores públicos y, como excepción, la suspensión exclusiva­mente podrá acordarse durante la fase de realiza­ción o enajenación de los bienes o derechos nece­sarios para la continuidad de la actividad empresarial o profesional del deudor por un período limitado a tres meses.</p>
<p>Ello no impide el recurso al aplaza­miento y el fraccionamiento de deuda que recoge con carácter general la normativa tributaria y de la seguridad social.</p>
<p>La iniciativa de la comunicación corresponde al deudor y exige que concurra el presupuesto objetivo y, por consiguiente, que se encuentre en estado de insol­vencia probable, inminente o actual.</p>
<p>Se introducen medidas para evitar conductas abusivas y se recoge la novedad de presentar una comunicación conjunta, especialmente en el caso de que abarque a varias sociedades dentro de un grupo.</p>
<p>Una vez presentada la comunicación, sus efectos se produ­cen de forma automática, ope legis, y el control judicial se limita al contenido formal de la comunicación, en especial de la información que debe acompañarla, y la competencia del juzgado ante el que se ha presentado.</p><p>The post <a href="https://bufetesemperejaen.com/como-se-comunica-un-concurso-de-acreedores/">¿Cómo se comunica un concurso de acreedores?</a> first appeared on <a href="https://bufetesemperejaen.com">BSJ Abogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>¿Cuánto tiempo dura un proceso concursal?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Apr 2023 08:45:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de Acreedores]]></category>
		<category><![CDATA[Ley Concursal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se limita la duración del procedimiento concursal a doce meses, si bien el juez podrá acordar una ampliación del plazo si fuera necesario en atención a la complejidad del concurso o a las...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="color: #000000;">Se limita la duración del procedimiento concursal a doce meses, si bien el juez podrá acordar una ampliación del plazo si fuera necesario en atención a la complejidad del concurso o a las circunstancias justificadas que pudieran concurrir.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">El concurso de acreedores se inicia con el auto de admisión y concluye:</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Por revocación del mismo.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Cuando se cumpla el convenio o se frustre por inexistencia de bienes y derechos.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• O cuando todos los acreedores renuncien a sus derechos.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Cabe señalar que la aparición de bienes en el plazo de cinco años desde la conclusión puede dar pie a una reapertura del concurso.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Dados los múltiples cauces que puede tomar cada procedimiento, su duración es tremendamente variable. Así, un concurso podría conducir a la aceptación del convenio anticipado en unos pocos meses. Luego solo habría que esperar al cumplimiento del mismo en los plazos pactados.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Se introducen incentivos en la retribución del administrador concursal condicionados a la celeridad y agilidad del procedimiento, y penalizaciones si la gestión no es eficiente, lo que se producirá si el procedimiento dura más de doce meses por causa que le sea imputable</span></p>
<h2><span style="color: #000000;">Concurso con reestructuración</span></h2>
<p><span style="color: #000000;">En los denominados planes de reestructuración, un instrumento preconcursal dirigido a evitar la insolvencia, o a superarla, que posibilita una actuación en un estadio de dificultades previo al de los vigentes instrumentos preconcursales, sin el estigma asociado al concurso y con características que incrementan su eficacia.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Su introducción incentivará una reestructuración más temprana, y por tanto con mayores probabilidades de éxito, y contribuirá a la descongestión de los juzgados y por tanto a una mayor eficiencia del concurso.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">En efecto, las empresas pueden acogerse a los planes de reestructuración en una situación de probabilidad de insolvencia, previa a la insolvencia inminente que se exige para poder recurrir a los actuales instrumentos.</span></p>
<p><span style="color: #000000;"> Su introducción lleva aparejada la supresión de los actuales instrumentos preconcursales.</span><br />
<span style="color: #000000;">En la regulación de los planes de reestructuración se ha preservado el carácter flexible (poco procedimental) de los acuerdos de refinanciación y se han incorporado elementos que les otorgan mayor eficacia que a estos últimos, como la posibilidad de arrastre de clases disidentes, sujeta al cumplimiento de ciertas salvaguardas para los acreedores, que constituye el núcleo del modelo.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Por ello, la ley introduce un procedimiento de insolvencia único, en el doble sentido de que pretende encauzar tanto las situaciones concursales (de insolvencia actual o inminente) como las preconcursales (probabilidad de insolvencia) y que se aplicará de manera obligatoria a todos los deudores que entren dentro del concepto legal de microempresa.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Este procedimiento está especialmente adaptado a las necesidades de las microempresas, caracterizándose, por tanto, por una simplificación procesal máxima.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">En Bufete Sempere Jaén como despacho especializado en la empresa te asesoramos en todo el proceso. Cumplimos 50 años al servicio de nuestros clientes.</span></p><p>The post <a href="https://bufetesemperejaen.com/cuanto-tiempo-dura-un-proceso-concursal/">¿Cuánto tiempo dura un proceso concursal?</a> first appeared on <a href="https://bufetesemperejaen.com">BSJ Abogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>Un 40 % de concursos de acreedores, al alza en Alicante</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 07 Mar 2023 08:18:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Alicante]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de Acreedores]]></category>
		<category><![CDATA[Ley Concursal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los concursos de acreedores, una vez finalizada en junio de 2022 la moratoria concursal aprobada con motivo de la pandemia, se han disparado en la provincia de Alicante por encima de la tendencia general. Los...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: left;"><span style="color: #000000;">Los concursos de acreedores, una vez finalizada en junio de 2022 la moratoria concursal aprobada con motivo de la pandemia, se han disparado en la provincia de Alicante por encima de la tendencia general. Los datos de distintas fuentes indican que la concursalidad crece de forma mucho más notable en Alicante que en el resto de la Comunitat Valenciana.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Hace unos días se conocía el &#8216;Estudio sobre Concursos y Disoluciones de 2022&#8217; de Informa D&amp;B, según el cual los concursos crecieron en la provincia de Alicante un 32%, diez puntos más que la media española. Y ahora, el informe elaborado por el Colegio de Auditores de la Comunitat Valenciana a partir de la información aportada por el Registro Mercantil apunta en la misma dirección: los concursos aumentaron por encima del 40% en el tercer y el cuarto trimestre de 2022 (es decir, cuando finalizó la moratoria), casi el triple que el incremento medio autonómico, del 15%. </span></p>
<p><span style="color: #000000;">Según los datos facilitados por Alicante Plaza por los Auditores, en el tercer trimestre se declararon en la provincia 60 concursos, un 42% más que en el mismo periodo de 2021 (42 concursos). En el cuatro trimestre se registró el mismo incremento respecto al año anterior, con 74 concursos declarados frente a 52. En el mismo periodo, como se ha dicho, el aumento de la concursalidad en la Comunitat Valenciana fue del 15,5%. </span></p>
<p><span style="color: #000000;">Durante el primer semestre del año, con la moratoria en vigor, el comportamiento fue el opuesto: aunque de forma más tenue, la concursalidad bajó en la provincia: un 26% menos en el primer trimestre (50 concursos frente a 63) y un 6% menos en el segundo (48 frente a 51). </span></p>
<p><span style="color: #000000;">Como dato, cabe recordar que en el primer trimestre de 2021, cuando hubo 13 concursos más que en el mismo periodo de 2022, la hostelería volvía a estar cerrada por una tercera ola de la pandemia especialmente dramática, y el comercio con horario reducido. En todo el ejercicio 2022, la provincia de Alicante registró 232 concursos de acreedores, según los Auditores, un 11,5% más que el ejercicio anterior. </span></p>
<h2><span style="color: #000000;">Incremento de costes y devolución de los ICO</span></h2>
<p><span style="color: #000000;">Según el Colegio de Auditores, la Comunitat Valenciana «junto con Madrid y Cataluña, se sitúa entre las peores con respecto a la media nacional, ya que suman conjuntamente cerca de 4 de cada 10 concursos presentados, hasta un total de 744 deudores en el último trimestre del 2022».</span></p>
<h3>Expertos en reestructuraciones</h3>
<p style="box-sizing: border-box; color: #a7a7a7; font-family: Raleway, sans-serif; font-size: 14px;"><span style="box-sizing: border-box; color: #000000;">Desde la entrada en vigor de la Ley Concursal, <a style="box-sizing: border-box; background-color: transparent; color: #000000; transition: color 0.2s ease 0s;" href="https://www.bufetesemperejaen.com/"><span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Bufete Sempere Jaén</span></a> ha puesto en marcha su equipo especializado en reestructuraciones para asesorar a nuestro clientes y empresas en asuntos relativos a la nueva normativa concursal.</span></p>
<p style="box-sizing: border-box; color: #a7a7a7; font-family: Raleway, sans-serif; font-size: 14px;"><span style="box-sizing: border-box; color: #000000;">Cada empresa es única, al igual que sus necesidades. Por ello, desde Bufete Sempere Jaén, el despacho de abogados en Elche ponemos a su disposición productos y servicios legales a la medida de su empresa y particulares.</span></p>
<p style="box-sizing: border-box; color: #a7a7a7; font-family: Raleway, sans-serif; font-size: 14px;"><span style="box-sizing: border-box; color: #000000;">Nuestros gestores le asesoran de manera personalizada, de acuerdo a sus necesidades, aportando una combinación de conocimiento y perspectivas para actuar de una manera eficiente y resolutiva.</span></p>
<p style="box-sizing: border-box; color: #a7a7a7; font-family: Raleway, sans-serif; font-size: 14px;"><span style="box-sizing: border-box; color: #000000;">Bajo la dirección de <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Javier Sempere</span> en BSJ contamos con la labor diaria de los abogados <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Maria Cristina Sempere</span>, <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Jesús Morant</span> y con <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Javier González Albero</span> en su rol de abogado y economista. Todos ellos con una amplia experiencia en el sector, además de contar con la colaboración de los abogados <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Santos</span> <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">González</span> y <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Antonio Sánchez Más.</span></span></p>
<p style="box-sizing: border-box; color: #a7a7a7; font-family: Raleway, sans-serif; font-size: 14px;"><span style="box-sizing: border-box; color: #000000;">Nuestro equipo interdisciplinar se apoya en las áreas tributarias y fiscales bajo la supervisión del economista <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Miguel</span> <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Lledó</span>, mientras que en el departamento laboral el equipo de trabajo está encabezado por <span style="box-sizing: border-box; font-weight: bold;">Miguel Ángel Belzunce</span>.</span></p>
<p style="box-sizing: border-box; color: #a7a7a7; font-family: Raleway, sans-serif; font-size: 14px;"><span style="box-sizing: border-box; color: #000000;">Nuestro <a style="box-sizing: border-box; background-color: transparent; color: #000000; transition: color 0.2s ease 0s;" href="https://www.bufetesemperejaen.com/abogados-en-elche/">equipo de abogados</a> le asesorará en operaciones mercantiles de su empresa, así como en contratos o actuaciones que pueda necesitar para sus proyectos.</span></p>
<p style="box-sizing: border-box; color: #a7a7a7; font-family: Raleway, sans-serif; font-size: 14px;"><span style="box-sizing: border-box; color: #000000;">Contamos con una amplia experiencia en Derecho Mercantil y estamos especializados en el asesoramiento y gestión de asuntos empresariales y societarios con carácter internacional.</span></p><p>The post <a href="https://bufetesemperejaen.com/un-40-de-concursos-de-acreedores-al-alza-en-alicante/">Un 40 % de concursos de acreedores, al alza en Alicante</a> first appeared on <a href="https://bufetesemperejaen.com">BSJ Abogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Se disparan los concursos de personas físicas y autónomos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Feb 2023 08:38:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de Acreedores]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El número de concursos de acreedores de personas físicas y autónomos se multiplicó por casi cuatro entre 2019 y 2022, al pasar de 2.544 a 9.669 en este periodo, según...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="color: #000000;">El número de concursos de acreedores de personas físicas y autónomos se multiplicó por casi cuatro entre 2019 y 2022, al pasar de 2.544 a 9.669 en este periodo, según datos del Registro de Economistas Forenses (Refor), órgano especializado del Consejo General de Economistas (CGE) en materia de insolvencias, difundidos este miércoles durante la toma de posesión de los vocales del nuevo Consejo Directivo y del nuevo Consejo Asesor del Refor.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Este fuerte incremento de los concursos de personas físicas y autónomos, superior al 280% en valores relativos, contrasta con el repunte, inferior al 18%, de los concursos presentados por empresas entre 2019 y 2022, que pasaron de 4.055 a 4.755 en dicho periodo.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">De este modo, comparando sólo los datos de 2022, el número de concursos de acreedores en España de personas físicas más autónomos duplica a los presentados por empresas, tendencia que en 2019, antes del Covid, era la contraria. De hecho, en aquel año, los concursos de acreedores de sociedades (4.055) superaron en casi un 60% al de las personas físicas y autónomos (2.544).</span></p>
<p><span style="color: #000000;">A partir de datos estadísticos del Colegio de Registradores, el Refor compara las cifras de concursos de España con las de Alemania, Francia Italia, Portugal y Reino Unido y concluye que España fue el segundo país de todos ellos en el que más aumentaron los concursos desde 2019 a 2022, con un crecimiento de casi el 53,1%, sólo por detrás de Reino Unido, donde se dispararon casi un 75%.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">En términos absolutos, España mostró en 2022 un número de concursos de empresas muy inferior al resto de países analizados (5.248), frente a los 42.500 de Francia o los 14.700 de Alemania. Tan sólo Portugal, con 2.202, muestra un número de concursos inferior al español.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">En comparación con 2021, la mayoría de los países analizados por el Refor incrementaron su número de procesos concursales, aunque con distinta intensidad: mientras que en España crecieron un 11,3%, en Francia lo hicieron casi un 50%, en Reino Unido subieron un 57% y en Alemania, un 2,8%. Por contra, bajaron en Italia (-30%) y en Portugal (-38%).</span></p><p>The post <a href="https://bufetesemperejaen.com/se-disparan-los-concursos-de-personas-fisicas-y-autonomos/">Se disparan los concursos de personas físicas y autónomos</a> first appeared on <a href="https://bufetesemperejaen.com">BSJ Abogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Los Concursos se disparan en la recta final de año</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 19 Dec 2022 08:17:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de Acreedores]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los Concursos de Acreedores y Creación de Empresas y de Disoluciones a cierre del mes de noviembre se disparan en la provincia de Alicante. A falta de un mes para...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="color: #000000;">Los Concursos de Acreedores y Creación de Empresas y de Disoluciones a cierre del mes de noviembre se disparan en la provincia de Alicante. A falta de un mes para que termine el ejercicio, los datos constatan que, tras el fin de la moratoria aprobada por el Gobierno durante la pandemia, las insolvencias continúan en ascenso. Hasta noviembre se han declarado 6.222 concursos de acreedores, cifra un 20,56% superior a la registrada en el mismo periodo del pasado ejercicio.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">En términos relativos, tal y como se viene produciendo en los últimos meses, las actividades agropecuarias son las que continúan registrando los mayores incrementos, un 72,92%. Le siguen información y comunicaciones y actividades financieras donde la concursalidad crece un 43,79% y un 41,18% respectivamente.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Respecto al número de procedimientos, comercio continúa liderando el ranking sectorial, con 1.371 (+35,34%). Le siguen construcción, con 927 (+17,79%), e industria manufacturera, con 534 (+27,78%). Este último indicador confirmaría la contracción de la demanda debido, principalmente, a las tensiones inflacionistas en los mercados nacional e internacionales que estarían disminuyendo el número de pedidos tanto de manufacturas como de bienes de equipo.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">La hostelería continúa arrojando mejores resultados que durante los once primeros meses del pasado ejercicio y se han declarado un total de 658 concursos de acreedores, un 13,19% menos que en el mismo periodo del año anterior.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">A nivel regional, la Comunidad de Madrid supera, por primera vez en lo que va de año, a Cataluña. Tras el incremento del 61,54% del mes de noviembre las insolvencias ascienden a 1.469, un 24,60% más interanual. Mientras en Cataluña la cifra fue de 1.445, un 11,76% más.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">La Comunidad Valenciana, con 946 procedimientos, es la tercera con más concursalidad, un 30,66% más. Por otra parte, es especialmente significativo que el número de insolvencias se incremente en todas las regiones con excepción de Castilla y León (-18,24%), Canarias (-10,98%) y Baleares (-4,88%).</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Con respecto a las disoluciones, en los nueve primeros meses de este año 2022 se han registrado 60.981, lo que se traduce en un incremento del 9,51% interanual -dos puntos más que el acumulado hasta el mes de octubre-, siendo comercio (11.104 y un crecimiento del 6,75%) y construcción (8.508 y un 7,38% más) los sectores con mayor incidencia. Llama también la atención el crecimiento de las disoluciones de empresas en los sectores de banca y aseguradoras y de suministro de energía eléctrica, gras, vapor y aire acondicionado, por encima del 60% y 66%, respectivamente.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Por regiones, Madrid es donde más se han registrado, 17.373 (+16,75%), duplicando a Cataluña, con 8.632 (+7,74%). En tercer lugar, se sitúa Andalucía, donde con un incremento del 13,13%, el número de disoluciones se situó en 7.481.</span></p>
<h2><span style="color: #000000;">Menos empresas, pero más capital inicial desembolsado</span></h2>
<p><span style="color: #000000;">Respecto al emprendimiento y según los datos extraídos por el Gabinete de Estudios Económicos de axesor an Experian company, se constituyeron 91.854 sociedades mercantiles, frente a las 93.274 que nuevas sociedades registradas en los nueve primeros meses del año pasado. Esto significa un 2,06% menos interanual.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Cabe destacar que la creación de empresas se contrae en más de la mitad de los veinte sectores en los que axesor an Experian company divide la actividad empresarial. Siendo las industrias extractivas, actividades agropecuarias y banca y seguros donde se registran los mayores descensos en términos relativos (27%, 20% y 16% respectivamente).</span></p>
<p><span style="color: #000000;">A pesar de la caída del 9,07%, comercio es el sector en el que se constituyeron más empresas, 17.610. Le sigue construcción con 12.394 y un crecimiento de apenas el 0,11%. En hostelería, la creación de empresas crece un 9,27% -porcentaje un punto inferior al acumulado hasta octubre-, hasta alcanzar las 9.611 nuevas mercantiles.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Por regiones, la Comunidad de Madrid continúa líder, con 21.211 constituciones. Es destacable que, en dicha región, se suaviza casi un punto la caída de la iniciativa emprendedora hasta 3,61%. Le siguieron Cataluña, con 17.809 constituciones, y una caída de tan sólo el 0,11%, y Andalucía, con 15.796, y una contracción poco más del 1%. Cabe señalar que, con excepción de los dos archipiélagos (Baleares y Canarias), el emprendimiento se contrae en totas las comunidades autónomas.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">A falta de un mes para cerrar el año, el volumen de capital inicial suscrito por las empresas registró un positivo del 3,93%, lo que contrasta con el descenso de más del 9% que se venía produciendo hasta octubre. Así, se desembolsaron 4.659,52 millones de euros frente a los 4.483,31 millones de euros del mismo periodo de 2021.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">En las actividades profesionales, científicas y técnicas y las del sector de banca y seguros se superaron los 1.000 millones de euros de inversión, 1.268 y 1.150 millones de euros respectivamente.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">A nivel regional, Madrid lidera la inversión con cerca de 1.340 millones de euros, muy por delante de Valencia, con algo más de 908 millones de euros, y Andalucía, con 742,5 millones de euros. Cataluña queda en el cuarto lugar con 660 millones de euros.</span></p><p>The post <a href="https://bufetesemperejaen.com/los-concursos-se-disparan-en-la-recta-final-de-ano/">Los Concursos se disparan en la recta final de año</a> first appeared on <a href="https://bufetesemperejaen.com">BSJ Abogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Concurso de Acreedores exprés: ¿Cómo se puede tramitar?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Mar 2021 09:47:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de Acreedores]]></category>
		<category><![CDATA[Covid-19]]></category>
		<category><![CDATA[empresa]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La crisis del Covid-19 pasa factura a las empresas en España. Muchas se han visto obligadas a tener que cerrar sus persianas. Otras a sobrellevar la actual situación o acogerse...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La crisis del Covid-19 pasa factura a las empresas en España. Muchas se han visto obligadas a tener que cerrar sus persianas. Otras a sobrellevar la actual situación o acogerse como último extremo al concurso de acreedores. Hoy, en <a href="http://www.bufetesemperejaen.com">Bufete Sempere Jaén</a> vamos a desarrollar una normativa concursal denominada el <strong><a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Concurso_de_acreedores_(Espa%C3%B1a)#:~:text=Un%20concurso%20de%20acreedores%20es,las%20de%20suspensi%C3%B3n%20de%20pagos.">concurso de acreedores</a> exprés</strong>. ¿En qué consiste? ¿Cuál es su tramitación? ¿Qué costes supone?</p>
<p>Como despacho afincado en <a href="https://www.bufetesemperejaen.com/contacto/"><strong>Elche</strong></a>, con más de 50 años <a href="https://www.bufetesemperejaen.com/abogados-en-elche/">especializado en la empresa</a>, el concurso de acreedores exprés es un tipo de fórmula que pretende evitar la apertura y tramitación de un proceso concursal ordinario, con los costes que ello supone, Hablamos de una especialidad prevista en la actual normativa, que simplifica los trámites.</p>
<h2>Sin administrador concursal</h2>
<p>Una vez solicitado el concurso por parte del deudor, el Juzgado acuerda simultáneamente la declaración y la conclusión del concurso, sin el nombramiento de administración concursal. lo que favorece la inmediata extinción de la sociedad. Recurren a esta situación pymes en situaciones de inexistencia de activos para atender los gastos básicos del proceso. ¿Y cuáles serían sus efectos más inmediatos?:</p>
<ul class="font_8 color_15">
<li>
<p class="font_8"><span class="color_15">Se declara simultáneamente la declaración y conclusión del concurso en el mismo Auto.</span></p>
</li>
<li>
<p class="font_8"><span class="color_15">Se acuerda la extinción de la mercantil concursada.</span></p>
</li>
<li>
<p class="font_8"><span class="color_15">Se acuerda la cancelación en el Registro Mercantil.</span></p>
</li>
<li>
<p class="font_8"><span class="color_15">No se desarrolla ni la fase común ni la de convenio/liquidación del procedimiento concursal, concluyendo el mismo en un periodo de pocos meses.</span></p>
</li>
<li>
<p class="font_8"><span class="color_15">Desde el punto de vista de las responsabilidades del órgano de administración de la sociedad, esté habrá cumplido con su obligación legal de presentar concurso voluntario, evitando así cualquier derivación de responsabilidad por ese sólo motivo.</span></p>
</li>
</ul>
<h2>¿Cuándo se puede solicitar este concurso?</h2>
<p>Cuando se aprecie, de manera evidente, que la masa activa del concursado es insuficiente para cumplir con los gastos del procedimiento. Para solicitar el concurso exprés se debe cumplir con lo siguiente:</p>
<ul>
<li>Es necesario que la Sociedad o Empresa, no pueda obtener activos como consecuencia de alguna acción de reintegración o responsabilidades de terceros,.</li>
</ul>
<h3>¿Qué determina su procedimiento?</h3>
<p>En esta modalidad, se pretende evitar la apertura y tramitación de un concurso de acreedores ordinario. Y es el Juez quien debe determinar si concurren los procedimientos exigidos por la normal para acordar mediante auto su apertura y conclusión.</p>
<ul>
<li>El Juez debe valorar el tipo de Sociedad, el volumen de la actividad, las relaciones societarias para que la información que sustente el procedimiento cumpla los requisitos legales establecidos.</li>
</ul>
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		<title>Cómo afrontar un concurso de acreedores y superarlo con éxito</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jul 2020 08:47:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Concurso de Acreedores]]></category>
		<category><![CDATA[empresa]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La actual Ley Concursal se encuentra en vigor desde el año 2003. Durante este tiempo, se han realizado hasta 30 revisiones para conseguir que las empresas puedan superar un proceso...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La actual <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2003/07/10/pdfs/A26905-26965.pdf"><strong>Ley Concursal</strong></a> se encuentra en vigor desde el año 2003. Durante este tiempo, se han realizado hasta 30 revisiones para conseguir que las empresas puedan superar un proceso concursal. Un procedimiento a través del que el deudor no tiene suficiente liquidez para hacer frente a las deudas pendientes, busca liquidarlas de forma definitiva. O por el contrario, conseguir un plan de pagos que sea viable para la empresa con el paso de los años.</p>
<p>Una de las figuras más importantes en un proceso concursal, es el nombramiento del administrador, designado por el juzgado competente, que será el encargado de guiar todo el proceso con el fin de asegurar que ningún acreedor resulte beneficiado en detrimento de otro.</p>
<p>En <a href="http://www.bufetesemperejaen.com"><strong>Bufete Sempere Jaén</strong></a> como despacho especializado en las empresas, con asesoría jurídica en el ámbito <strong>fiscal</strong>, <a href="https://www.bufetesemperejaen.com/derecho-tributario-elche/"><strong>tributario</strong> </a>o laboral, te explicamos hoy cómo enfrentarse y superar con éxito un proceso concursal.</p>
<h2>La solicitud de concurso de acreedores voluntario</h2>
<p><span class="gn-03n-texto-base"><span lang="ES">El Preconcurso nos concede un plazo de al menos cuatro meses para poder negociar nuestras deudas sin la intervención de un administrador, pero protegiéndonos frente a nuestros acreedores. No podrán presentarnos nuestros acreedores un concurso necesario, paraliza las ejecuciones y nos concede un plazo de hasta cuatro meses para lograr estos acuerdos.</span></span></p>
<p>Todo concurso puede ser solicitado voluntariamente por la empresa o autónomo al darse cuenta de que está en una situación de insolvencia actual o inminente. Otra de las opciones es el concurso de acreedores forzoso. Se produce cuando los acreedores ponen en marcha el proceso con el fin de cobrar la deuda pendiente.</p>
<p>Para salir de un concurso de acreedores, las empresas lo deben solicitar lo antes posible, así como tener claro que deben procurar la ayuda de un equipo multidisciplinar que gestione el proceso desde el punto de vista financiero y legal. Se debe desarrollar <strong>un plan de viabilidad</strong> que debe ser puesto en marcha y gestionarlo para reconducir la situación.</p>
<p><span class="gn-03n-texto-base"><b><span lang="ES">No debemos olvidar que declarado el concurso la </span></b></span><b><span lang="ES">empresa puede mantener su actividad</span></b><span lang="ES">, si bien, bajo el control de la administración concursal que será nombrada por el Juzgado de lo Mercantil. </span></p>
<ul>
<li><span lang="ES">No podrán iniciarse ejecuciones ni seguirse apremios administrativos, o tributarios contra el patrimonio de la empresa concursada- se paralizan las ejecuciones instadas por los acreedores, impidiendo la realización de embargos o si estos ya se hubieran anotados impidiendo la ejecución de los bienes que hayan resultado embargados. </span></li>
<li><span lang="ES">Se paraliza la ejecución hipotecaria. </span></li>
<li><span lang="ES">La empresa al no tener sus cuentas embargadas podrá disponer de las mismas para adquisición de bienes necesarios para el desarrollo normal de su actividad, también para el pago de sus nóminas, suministros.</span></li>
<li><span lang="ES">La posibilidad de alcanzar convenios con quita y espera de la deuda y poder continuar nuestra actividad, reflotar nuestra empresa. </span></li>
</ul>
<p><span class="gn-03n-texto-base"><span lang="ES"> </span></span>En <strong>Bufete Sempere Jaén</strong> sabemos cómo afrontar las situaciones de las empresas en crisis y adoptar las medidas especiales de salvamento de la empresa. Nuestro equipo especializado ofrece un asesoramiento corporativo con <a href="https://www.bufetesemperejaen.com/derecho-mercantil-elche/"><strong>productos y servicios jurídicos</strong></a> a la medida de su empresa o negocio.</p>
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