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	<title>Jubilación | BSJ Abogados</title>
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	<description>Bufete de abogados en Alicante</description>
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		<title>Nuevos incentivos fiscales en los Planes de Pensiones en Empresas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Mar 2020 17:21:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Jubilación]]></category>
		<category><![CDATA[Pensión]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los planes de pensiones de empleo funcionan en España desde hace muchos años, aunque están concentrados en grandes empresas y algunas administraciones públicas, además de haber sufrido el embate de...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Los <strong>planes de pensiones de empleo</strong> funcionan en España desde hace muchos años, aunque están concentrados en grandes empresas y algunas administraciones públicas, además de haber sufrido el embate de la crisis económica. Según las cifras de 2019, solamente dos millones de trabajadores cuentan con esta protección especial que disfrutarán en su jubilación, con las aportaciones económicas que realizan las empresas en su etapa laboral. Es decir, uno de cada diez trabajadores tiene un plan de pensión de empleo.</p>
<p>Potenciar este tipo de fondos privados de cobertura social desconocidos por la mayoría de los trabajadores con una mejor fiscalidad, es uno de los objetivos que tiene el Gobierno dentro de la reforma que pretende llevar a cabo en la Seguridad Social.</p>
<p>El ministro de Inclusión, <b>Seguridad Social </b>y Migraciones, <b>José Luis Escrivá</b>, ha defendido este jueves la necesidad de reducir los <b>beneficios fiscales </b>de los <a href="https://www.lavanguardia.com/economia/20191203/472014167757/pensiones-planes-ahorro-futuro-bancos-ofertas.html" rel="follow" data-gtm-element="container-child-link">planes individuales de pensiones</a> para trasladarlos al sistema de previsión privado promovido por empresas, <b>un modelo complementario </b>poco aplicado hasta ahora en España salvo en Euskadi.</p>
<h2>¿Qué es un plan de pensión de empresa?</h2>
<p>El fomento de los planes de pensiones privados de carácter colectivo, en el seno de las empresas (denominados en el sector planes de empleo) es una de las propuestas estrella que pretende llevar a cabo el gobierno dentro del plan para reformar el Pacto de Toledo.</p>
<p>En este punto, el ministro Escrivá ha defendido el modelo de planes de empleo implantado en el País Vasco, “que está arrojando niveles de pensiones complementarias interesantes, sobre todo para las rentas medias y bajas, que son los trabajadores que más lo necesitan”.</p>
<p>La realidad es que este producto se ha estacando en los últimos años como consecuencia de la crisis y la pérdida de fiscalidad y rentabilidad comparado con los planes de pensiones individuales. La intención es aplicar un modelo similar al de Reino Unido, donde los trabajadores tienen por defecto un plan de pensiones privado en el que realizan aportaciones mensuales que se descuentan de su nómina, como sugieren los expertos económicos.</p>
<p>Para incentivar estos planes de pensiones, el Gobierno está dispuesto a ir desplazando la actual fiscalidad positiva de los planes de pensiones individuales hacia los planes de empresa. Eso supondría una inyección económica en torno a los dos mil millones de euros.</p>
<p>Este cambio de esta fiscalidad correrá a cargo del Ministerio de Hacienda, que utilizará la evaluación de estos incentivos fiscales elaborado por la <strong>Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef).</strong></p>
<h3>La Fiscalidad de las empresas en Bufete Sempere Jaén</h3>
<p><strong>El departamento especializado en Derecho Tributario en nuestro <a href="https://www.bufetesemperejaen.com/servicios">despacho de abogados</a></strong> ofrece a nuestros clientes asesoramiento en todas las cuestiones referentes a <strong><a href="https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Empresas_y_profesionales/Empresas_y_profesionales.shtml">tributación nacional e internacional</a>,</strong> tratando siempre de optimizar las ventajas fiscales que ofrece el ordenamiento jurídico. Nuestros servicios en Derecho Tributario van dirigidos a empresas españolas y extranjeras y a personas físicas.</p>
<p>Planificamos, asesoramos y auditamos Fiscalmente sobre:</p>
<ul>
<li>Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Impuesto de Sociedade</li>
<li>IVA, Impuestos especiales y Aduanas.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Tributación de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Fundaciones y Entidades sin ánimo de lucro.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Consolidación Fiscal.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Fusiones y Adquisiciones.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Precios de transferencia.</li>
</ul>
<p>En <a href="http://www.bufetesemperejaen.com">Bufete Sempere Jaén</a>, nuestra filosofía como abogados se basa en que para defender los intereses de nuestros clientes es fundamental conocerles y ponernos en su lugar, trasmitir una confianza real y ser siempre parte implicada de su situación. Este es nuestro modo de entender el Derecho por lo  que actualmente los servicios no solo se hayan diversificado y ampliado, sino que también se hayan aproximado más aún a particulares.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Pensión no contributiva: ¿Cuáles son los requisitos?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 Jan 2020 09:44:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Jubilación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Nuestro Departamento Laboral de Bufete Sempere Jaén aborda hoy en qué consisten las pensiones no contributivas y cuáles son los requisitos para poder acogerse a ellas, cuando llega la hora...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Nuestro <strong><a href="https://www.bufetesemperejaen.com/derecho-laboral-empresas-elche/">Departamento Laboral</a> de <a href="http://www.bufetesemperejaen.com">Bufete Sempere Jaén</a></strong> aborda hoy en qué consisten las pensiones no contributivas y cuáles son los requisitos para poder acogerse a ellas, cuando llega la hora de la jubilación.</p>



<p>Según fuentes de la <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Pensiones/33467#35116">Seguridad Social</a>, la pensión no contributiva es aquella prestación económica que se reconoce a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. </p>



<p> Partimos de la base de que en España para<strong> jubilarte a los 65 años con la totalidad de la prestación</strong> debes haber cotizado un mínimo de 36 años y 9 meses a la Seguridad Social te puedes jubilar a los 65 años con la totalidad de la prestación, aunque a partir de 2027 será necesario acumular un mínimo de 38 años y 6 meses.  A esto se le conoce como pensión contributiva. Pero no todo el mundo puede acceder a este tipo de jubilación, momento en el que adquieren importancia las<strong> pensiones no contributivas</strong>. </p>



<p> Para aquellos ciudadanos que carezcan de recursos suficientes, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo, existen las llamadas <strong>pensiones no contributivas.</strong> Se pueden obtener por invalidez o jubilación.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Quién puede pedir una pensión no contributiva?</h2>



<p> Todos aquellos ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos pueden beneficiarse de las pensiones no contributivas.</p>



<ul class="wp-block-list"><li>Carecer de Ingresos Insuficientes:  <strong>Cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 5.488 euros anuales</strong>.</li><li>Por Jubilación:  <strong>Tener 65 o más años y residir  en  territorio  español,  y  haberlo  hecho  durante  10  años</strong>, en el período que media entre los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud<strong>.</strong> </li><li>Por Invalidez:  Tener 18 años o más y menos de 65. Residir  en  territorio  español  y  haberlo  hecho  durante  un  período   de   5   años,   de   los   cuales   2   han de   ser   consecutivos   e   inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. <strong>Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%. </strong></li></ul>



<p>Para este recién año estrenado, el Gobierno ha aprobado el <strong>Real Decreto-Ley 1/2020 de 14 de enero</strong> por el que<strong> las pensiones no contributivas se incrementan este año en un 0,9 por cien</strong> sobre la cuantía de la pensión correspondiente al año 2019. Así, la cuantía de las prestaciones no contributovas queda fijada en 5.538,40 euros, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.</p><p>The post <a href="https://bufetesemperejaen.com/claves-pension-no-contributiva/">Pensión no contributiva: ¿Cuáles son los requisitos?</a> first appeared on <a href="https://bufetesemperejaen.com">BSJ Abogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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