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	<title>Pensión | BSJ Abogados</title>
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	<description>Bufete de abogados en Alicante</description>
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	<title>Pensión | BSJ Abogados</title>
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		<title>¿Puede un hombre cobrar el complemento de maternidad en su pensión?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Apr 2021 08:41:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Pensión]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El complemento de maternidad es una compensación que se suma a las pensiones de las mujeres que han sido madres de dos o más hijos.  para reconocer su aportación demográfica...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El complemento de maternidad es una compensación que se suma a las pensiones de las mujeres que han sido madres de dos o más hijos.  para reconocer su aportación demográfica a la Seguridad Social. Pero, ¿Puede un hombre cobrar este plus en su pensión? ¿Hay discriminación de género en esta norma?. La respuesta es muy sencilla: sí, puede,</p>
<p>Desde el <a href="https://www.bufetesemperejaen.com/our-services/fiscal-y-laboral/">departamento laboral</a> de <a href="http://www.bufetesemperejaen.com"><strong>Bufete Sempere Jaén</strong></a> como despacho especializado en este ámbito, hoy te explicamos los diferentes cambios que se han producido en este sentido, a raíz de una sentencia del <strong>Tribunal de Justicia de la Unión Europea</strong> que ya advirtió que el complemento por maternidad español constituye una discriminación directa por razón de sexo. En este sentido, el Gobierno publicó en el BOE el <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-1529">Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero</a>, <em>por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico</em>. Y con él ha llegado el fin de tener que reclamar judicialmente si eres hombre.</p>
<h2>¿Cómo se aplica el complemento de maternidad?</h2>
<p>En términos porcentuales, el complemento asciende a: Un 5% para aquellas mujeres que han sido madres de dos hijos. Un 10% para las mujeres que han tenido tres hijos. Un 15% para mujeres que han tenido cuatro o más hijos. Este complemento incrementa pensiones contributivas de <strong>jubilación, viudedad o incapacidad permanente</strong> y es percibido ya por <strong>más de 200.000 mujeres</strong> según datos del <em>Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)</em>, que apunta a una cuantía media del complemento de <strong>56 euros mensuales</strong>.</p>
<h3>¿Qué requisito debo cumplir?</h3>
<p>La sentencia de la Justicia europea obliga a sustituir el incremento fijado en función del número de hijos por coeficientes (aún por determinar) por coeficientes compensatorios a esos periodos sin cotizar. La Seguridad Social analizará la vida laboral del beneficiario independientemente de su género, aplicará unos coeficientes compensatorios a esos periodos sin cotizar.</p>
<ol>
<li>Ser tributario de una pensión de <strong>viudedad</strong> por tener hijos o hijas en común con el otro progenitor fallecido, siempre que al menos uno de ellos tenga derecho a percibir una <strong>pensión de orfandad</strong>.</li>
<li>O bien cobrar una pensión contributiva de <strong>jubilación (todos los tipos menos la parcial) o incapacidad permanente,</strong> y haber visto <strong>afectada su carrera profesional</strong> debido al nacimiento o adopción. Pero con las condiciones que se especifican a continuación:
<ul>
<li>Con hijos nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, acumular más de <strong>120 días no cotizados</strong> entre los nueve meses previos al nacimiento y los tres años posteriores. Y en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial y los tres años siguientes.</li>
<li>Para quienes tengan hijos nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, el requisito es que<strong> la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes</strong> al del nacimiento o adopción sea <strong>inferior, en más de un 15%,</strong> a la de los 24 meses inmediatamente anteriores.</li>
</ul>
</li>
</ol>
<h3>Últimas sentencias</h3>
<p>El Juzgado de lo Social número 1 de Zaragoza acaba de reconocer a <strong>un jubilado, padre de cuatro hijos, el derecho a que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le<a title="Requisitos para obtener el complemento de maternidad en las pensiones" href="https://www.heraldo.es/noticias/economia/2021/02/01/requisitos-cobrar-complemento-maternidad-pensiones-1417845.html"> aplique el complemento de maternidad </a>e incremente su pensión un 15%</strong>. Y lo hace basándose en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), vinculante para los jueces españoles, que considera una discriminación por razón de sexo y una atentado contra el principio de igualdad no reconocer dicho complemento tanto a hombres como a mujeres.</p>
<p>Los Tribunales Superiores de Canarias y Murcia se habían pronunciado recientemente sobre esta cuestión, pero<strong> se trata de una sentencia pionera en Aragón</strong>. De hecho, el fallo todavía no es firme y el INSS podría presentar un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).</p>
<p>&nbsp;</p><p>The post <a href="https://bufetesemperejaen.com/puede-un-hombre-cobrar-el-complemento-de-maternidad-en-su-pension/">¿Puede un hombre cobrar el complemento de maternidad en su pensión?</a> first appeared on <a href="https://bufetesemperejaen.com">BSJ Abogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Nuevos incentivos fiscales en los Planes de Pensiones en Empresas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[bsjabogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Mar 2020 17:21:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias generales]]></category>
		<category><![CDATA[Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Jubilación]]></category>
		<category><![CDATA[Pensión]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los planes de pensiones de empleo funcionan en España desde hace muchos años, aunque están concentrados en grandes empresas y algunas administraciones públicas, además de haber sufrido el embate de...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Los <strong>planes de pensiones de empleo</strong> funcionan en España desde hace muchos años, aunque están concentrados en grandes empresas y algunas administraciones públicas, además de haber sufrido el embate de la crisis económica. Según las cifras de 2019, solamente dos millones de trabajadores cuentan con esta protección especial que disfrutarán en su jubilación, con las aportaciones económicas que realizan las empresas en su etapa laboral. Es decir, uno de cada diez trabajadores tiene un plan de pensión de empleo.</p>
<p>Potenciar este tipo de fondos privados de cobertura social desconocidos por la mayoría de los trabajadores con una mejor fiscalidad, es uno de los objetivos que tiene el Gobierno dentro de la reforma que pretende llevar a cabo en la Seguridad Social.</p>
<p>El ministro de Inclusión, <b>Seguridad Social </b>y Migraciones, <b>José Luis Escrivá</b>, ha defendido este jueves la necesidad de reducir los <b>beneficios fiscales </b>de los <a href="https://www.lavanguardia.com/economia/20191203/472014167757/pensiones-planes-ahorro-futuro-bancos-ofertas.html" rel="follow" data-gtm-element="container-child-link">planes individuales de pensiones</a> para trasladarlos al sistema de previsión privado promovido por empresas, <b>un modelo complementario </b>poco aplicado hasta ahora en España salvo en Euskadi.</p>
<h2>¿Qué es un plan de pensión de empresa?</h2>
<p>El fomento de los planes de pensiones privados de carácter colectivo, en el seno de las empresas (denominados en el sector planes de empleo) es una de las propuestas estrella que pretende llevar a cabo el gobierno dentro del plan para reformar el Pacto de Toledo.</p>
<p>En este punto, el ministro Escrivá ha defendido el modelo de planes de empleo implantado en el País Vasco, “que está arrojando niveles de pensiones complementarias interesantes, sobre todo para las rentas medias y bajas, que son los trabajadores que más lo necesitan”.</p>
<p>La realidad es que este producto se ha estacando en los últimos años como consecuencia de la crisis y la pérdida de fiscalidad y rentabilidad comparado con los planes de pensiones individuales. La intención es aplicar un modelo similar al de Reino Unido, donde los trabajadores tienen por defecto un plan de pensiones privado en el que realizan aportaciones mensuales que se descuentan de su nómina, como sugieren los expertos económicos.</p>
<p>Para incentivar estos planes de pensiones, el Gobierno está dispuesto a ir desplazando la actual fiscalidad positiva de los planes de pensiones individuales hacia los planes de empresa. Eso supondría una inyección económica en torno a los dos mil millones de euros.</p>
<p>Este cambio de esta fiscalidad correrá a cargo del Ministerio de Hacienda, que utilizará la evaluación de estos incentivos fiscales elaborado por la <strong>Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef).</strong></p>
<h3>La Fiscalidad de las empresas en Bufete Sempere Jaén</h3>
<p><strong>El departamento especializado en Derecho Tributario en nuestro <a href="https://www.bufetesemperejaen.com/servicios">despacho de abogados</a></strong> ofrece a nuestros clientes asesoramiento en todas las cuestiones referentes a <strong><a href="https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Empresas_y_profesionales/Empresas_y_profesionales.shtml">tributación nacional e internacional</a>,</strong> tratando siempre de optimizar las ventajas fiscales que ofrece el ordenamiento jurídico. Nuestros servicios en Derecho Tributario van dirigidos a empresas españolas y extranjeras y a personas físicas.</p>
<p>Planificamos, asesoramos y auditamos Fiscalmente sobre:</p>
<ul>
<li>Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Impuesto de Sociedade</li>
<li>IVA, Impuestos especiales y Aduanas.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Tributación de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Fundaciones y Entidades sin ánimo de lucro.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Consolidación Fiscal.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Fusiones y Adquisiciones.</li>
<li><i class="fa-li fa fa-circle"></i>Precios de transferencia.</li>
</ul>
<p>En <a href="http://www.bufetesemperejaen.com">Bufete Sempere Jaén</a>, nuestra filosofía como abogados se basa en que para defender los intereses de nuestros clientes es fundamental conocerles y ponernos en su lugar, trasmitir una confianza real y ser siempre parte implicada de su situación. Este es nuestro modo de entender el Derecho por lo  que actualmente los servicios no solo se hayan diversificado y ampliado, sino que también se hayan aproximado más aún a particulares.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p><p>The post <a href="https://bufetesemperejaen.com/incentivos-fiscales-en-planes-de-pensiones-en-empresas/">Nuevos incentivos fiscales en los Planes de Pensiones en Empresas</a> first appeared on <a href="https://bufetesemperejaen.com">BSJ Abogados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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