Esta semana en Bufete Sempere Jaén, Despacho de Abogados en Elche (Alicante) especializado entre otras áreas en el Departamento Laboral, damos cuenta de una última resolución del Tribunal Supremo sobre el abuso del contrato temporal en las empresas. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado como trabajadora indefinida a una bailarina despedida del Cuerpo de Baile del Ballet Nacional de España al haberse acreditado que firmó sucesivos contratos temporales -una decena entre 2002 y 2012- para realizar actividades permanentes y estructurales del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), lo que no está permitido ni por el Real Decreto 1435/1985, que regula la relación laboral especial de artistas en espectáculos públicos, ni por el Estatuto de los Trabajadores (ET).
El tribunal aplica a dicho régimen laboral específico de los artistas el artículo 15.5 del ET que permite convertir en fijo el contrato temporal de un trabajador que, en un periodo de treinta meses, haya estado contratado más de veinticuatro meses para una misma empresa, con o sin solución de continuidad, en el mismo o diferente puesto de trabajo, mediante dos o más contratos temporales. Además, ratifica el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, al igual que la sentencia de instancia dictada por un juzgado de lo Social de Madrid, declaró el despido improcedente y condenó a la empresa a la readmisión de la mujer o al pago de una indemnización de 51.666 euros.
Plan Nacional contra el contrato temporal
A esta sentencia, se unen también las medidas que está tomando el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social con un nuevo plan de choque contra el fraude en la contratación temporal y contra la utilización irregular del contrato a tiempo parcial, para lo que la Inspección de Trabajo se prepara para realizar un nuevo envío de cartas a empresas con posibles situaciones de fraude.
El Plan Director ha consistido en dos Planes de Choque: uno contra el fraude en la contratación temporal y otro contra el uso irregular de la contratación a tiempo parcial. Según el balance, el número de trabajadores afectados por el conjunto de las comunicaciones fue de 130.831. De las misivas, 80.529 se referían a trabajadores con fraude en la contratación temporal, y 50.302 por uso irregular de los contratos a tiempo parcial.
En relación al plan de choque contra la contratación temporal fraudulenta, se transformaron 61.445 contratos temporales en indefinidos, suponiendo el 76,3% de las personas trabajadoras afectadas por este plan. Respecto al plan de choque contra el uso irregular de la contratación a tiempo parcial, se incrementó la jornada en 8.824 contratos, lo que supone un 17,5% de los trabajadores afectados del plan. De ellos, 7.586 son incrementos de jornada igual o superior al 50% de la jornada que tenía inicialmente declarada, lo que supone que este tipo de ampliaciones representa el 85,9% de las realizadas.
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