El Ministerio de Justicia ha puesto en marcha el sistema electrónico para el procedimiento especial de microempresas previsto en el Libro Tercero de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal.
La nueva Ley Concursal forma parte de un paquete de medidas del Gobierno para mejorar el funcionamiento económico del país y apoyar el tejido productivo, especialmente al más vulnerables: empresas que entran en concurso de acreedores o pueden acabar en el mismo.
Dentro de estas empresas más vulnerables se encuentran las micropymes, a las que se refiere el Libro Tercero que, según lo previsto en la nueva Ley Concursal, entró en vigor el 1 de enero de 2023.
Este Libro contempla un sistema especial cuyo objetivo es que “las microempresas tengan procedimientos específicos, más rápidos y ágiles, favoreciendo la transparencia y la recuperación de la situación de especial dificultad de los empresarios”, ha explicado la ministra de Justicia.
En Bufete Sempere Jaén, te explicamos las novedades a través de la implantación de este nuevo sistema electrónico a raíz de la iniciativa del Ministerio de Justicia.
Las nuevas reglas para las microempresas
Este Libro contempla un sistema especial cuyo objetivo es que “las microempresas tengan procedimientos específicos, más rápidos y ágiles, favoreciendo la transparencia y la recuperación de la situación de especial dificultad de los empresarios”, ha explicado la ministra de Justicia.
Se centra en las empresas que lleven a cabo una actividad empresarial o profesional y que en el año anterior a la solicitud hayan empleado una media de menos diez trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000€ o un pasivo inferior a 350.000€, según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.
El nuevo sistema reduce los plazos procesales y los dota de herramientas tecnológicas comunes en todo el territorio para la gestión y ejecución de los activos.
La aplicación de la nueva normativa pone en marcha el servicio electrónico de formularios, que permite recoger y encaminar la información a los juzgados de manera homogénea, equivalente y electrónica.
Además, se trata del primer sistema exclusivamente basado en datos, proporcionando información de valor, que puede redundar en el apoyo al tejido empresarial y derivar en la aplicación de políticas públicas adecuadas para la protección económica y social.
La Plataforma de Liquidación
Otra de las novedades importantes con la entrada en vigor de este Libro Tercero es la plataforma de liquidación de activos, que permite mejorar la transparencia. De acceso gratuito y universal, en ella se volcarán los activos de todos los procedimientos especiales de microempresas en liquidación.
También se conformará un catálogo de bienes, organizados por categorías, según criterios comerciales, y enajenables de manera individual o por lotes.
Esta plataforma, que mejorará la transparencia, contribuirá, además, a agilizar la venta de activos, reducir el coste de la liquidación y descargar notablemente de trabajo al sistema judicial. Asimismo, jugará un papel importante a la hora de permitir la finalización de los procedimientos especiales de liquidación en los plazos previstos