El Expediente Temporal de Regulación de Empleo, más conocido como ERTE, es una de las soluciones que algunas compañías están poniendo sobre la mesa para atajar la crisis económica que les está provocando la rápida expansión del coronavirus causante de la COVID-19. ¿Qué es un ERTE y cómo afecta al trabajador? Hoy en Bufete Sempere Jaén, a través de nuestro abogado, Miguel Ángel Belzunce, vamos a tratar de dar respuesta a las preguntas más frecuentes entre empresarios y trabajadores.
ERTE en el estado de alarma
Desde este martes todas las empresas afectadas por la crisis del coronavirus podrán solicitar expedientes de regulación de empleo temporal (ERTE) para aliviar sus costes salariales y reducir el trabajo de sus plantillas, así como suspender de manera temporal los contratos de sus trabajadores. Además, para hacer esta figura más atractiva para los empresarios, el Gobierno bonificará la cuota empresarial a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por el ERTE, de modo que limitará al máximo el coste de sus sueldos.
¿Qué derechos tienen los trabajadores?
El Gobierno ha decretado que mientras dure el ERTE los trabajadores tienen derecho a cobrar el paro, hayan o no cotizado los 360 días que con carácter general se exigen para poder acceder a esta prestación. En este caso la base reguladora de la prestación por desempleo será el promedio de la base de cotización del trabajador en los últimos 180 días.
¿Qué tipos de ERTE se pueden aplicar?
El ERTE está contemplado en el Artículo 47 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores bajo la nomenclatura ‘Suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor’. A través de este documento legislativo, se establece que los afectados por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo, no percibirán indemnizaciones. Además, las compañías solo podrán acogerse a él cuando cuente con la documentación necesaria que acredite que es razonable que tal medida temporal es necesaria para la superación de una situación de carácter coyuntural de la actividad de la empresa.
¿Qué sucede si mi empresa hace un ERTE de reducción de horario?
Desde ese momento, cobrarás tu nómina de forma proporcional a las horas que trabajes y percibirás la prestación contributiva por desempleo por las horas no trabajadas.
¿Qué empresas pueden acogerse a un ERTE?
Cualquier empresa, del tamaño que sea y también los autónomos con empleados a su cargo, puede acogerse a estos mecanismos, sin costes para las empresas de hasta 50 trabajadores, y evitando el despido de un empleado que pasa a cobrar el paro en todos los supuestos durante el tiempo necesario.
¿Qué trámites debo realizar para solicitar el paro?
Los trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) en la crisis del coronavirus no tendrán que hacer ninguna gestión ante el servicio estatal público de empleo (SEPE) para cobrar el paro sino que se les dará de alta automáticamente una vez la empresa lo notifique.
Desde Bufete Sempere Jaén esperamos que con estas respuestas, os hayamos podido aclarar todas las preguntas y dudas surgidas en los últimos días, a raíz del estado de alarma decretado por el Gobierno como consecuencia del Covid-19.
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